El STJ confirmó fallo a favor de la Federación Médica por una deuda del InSSSeP

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) del Chaco puso fin a una prolongada disputa legal al rechazar el recurso de inconstitucionalidad presentado por el Instituto de Seguridad Social, Seguros y Préstamos (InSSSeP) y confirmar la sentencia que lo obliga a pagar intereses moratorios a la Federación Médica del Chaco.

📌 Origen del Conflicto

El caso se remonta a octubre y noviembre de 2018, cuando el InSSSeP incurrió en demoras para abonar honorarios y gastos de servicios médicos a la Federación Médica. La cláusula séptima del convenio vigente establecía que los pagos debían realizarse «a los 60 días corridos de presentada la facturación», configurándose mora automática en caso de incumplimiento.

⚖️ Trayectoria Judicial

  • Junio 2025: La Sala Segunda de la Cámara Contencioso Administrativa falló a favor de la Federación Médica, considerando que el InSSSeP «no ha abonado en término el capital adeudado».
  • Recurso del InSSSeP: El organismo apeló alegando que la sentencia era arbitraria y afectaba derechos constitucionales como la propiedad y la defensa en juicio.
  • Decisión del STJ (29 de septiembre): Los jueces Emilia Valle, Víctor Del Río, Alberto Modi, Iride Grillo y Néstor Varela desestimaron el recurso, considerando que la sentencia recurrida es una «derivación razonada del derecho vigente» y no presenta vicios graves que la configuren como arbitraria.

💰 Consecuencias de la Sentencia

  • Pago de intereses: El InSSSeP deberá abonar los intereses moratorios correspondientes a la deuda de 2018.
  • Costas del juicio: Impuestas al InSSSeP.
  • Honorarios profesionales: Regulados a cargo del organismo.

Los magistrados remarcaron que «la genérica invocación de derechos constitucionales es insuficiente» para habilitar la revisión extraordinaria, subrayando que el simple desacuerdo con la interpretación del contrato no basta para configurar una arbitrariedad.

¿Qué opinás sobre este fallo? ¿Creés que sienta un precedente importante para el pago oportuno a los prestadores de salud? Dejanos tu comentario.