¿Fin de las Candidaturas Independientes? La Corte Suprema Cierra la Puerta a Postulaciones sin Partidos Políticos en Argentina

Por Javier Ruiz, Corresponsal en Asuntos Judiciales y Políticos 17 de octubre de 2025

Buenos Aires, Argentina – En un fallo que podría redefinir el panorama electoral argentino, la Corte Suprema de Justicia de la Nación (CSJN) ha rechazado categóricamente la posibilidad de que ciudadanos se postulen a cargos públicos de manera independiente, sin el respaldo de un partido político. Esta decisión, emitida el jueves 16 de octubre de 2025, no solo desestima un planteo individual sino que refuerza el rol central de las estructuras partidarias en el sistema democrático, generando un debate intenso sobre la accesibilidad y la diversidad en la representación política. ¿Es esto un paso hacia mayor estabilidad institucional o una barrera para voces independientes en un país con crecientes demandas de renovación?

El máximo tribunal, con las firmas de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, invocó el artículo 280 del Código Procesal Civil y Comercial para declarar inadmisible la queja presentada por el abogado Mario Enzo Cabral. Cabral, actuando en su propio nombre, buscaba oficializar su candidatura como diputado nacional por Corrientes en las elecciones generales de octubre de 2025. Argumentaba que ninguna disposición constitucional o legal le impedía postularse de forma autónoma, solicitando la inconstitucionalidad de varios artículos del Código Electoral Nacional (Ley 19.945) y de la Ley Orgánica de Partidos Políticos (Ley 23.298), que exigen la afiliación partidaria o el aval de una agrupación para competir.

Sin embargo, tanto el Juzgado Federal Nº 1 de Corrientes como la Cámara Nacional Electoral habían rechazado previamente su pretensión, citando precedentes como los fallos «Ríos» y «Padilla». Cabral, en su apelación ante la Corte, insistió en que este era su cuarto intento consecutivo (tras rechazos en 2019, 2021 y 2023) y demandaba una resolución definitiva sobre el fondo del asunto. La CSJN, sin embargo, no entró en el mérito y lo desestimó por cuestiones formales, argumentando que no cumplía con los requisitos para habilitar su competencia ordinaria o extraordinaria.

Este no fue el único revés electoral dictado por la Corte en la jornada. En un incidente paralelo en Corrientes, un afiliado al Partido Justicialista solicitaba una medida cautelar para intervenir judicialmente en la agrupación y convocar elecciones internas. La presentación fue desestimada en todas las instancias, incluyendo la Suprema, que reiteró la falta de habilitación bajo los artículos 116 y 117 de la Constitución Nacional, y descartó el «salto de instancia» previsto en el artículo 257 bis del Código Procesal.

Por otro lado, en San Luis, la Corte rechazó el uso del nombre «Fuerza Patria San Luis» por una alianza transitoria integrada por el Partido Comunista, el Partido de la Victoria y el Frente para la Victoria. Aunque la justicia electoral de primera instancia lo había autorizado, la Cámara Electoral lo revocó por riesgo de confusión en el electorado, dada la similitud con otras alianzas nacionales vinculadas al Partido Justicialista. La apoderada Ivana Elsa Serrano apeló en queja, pero la CSJN confirmó la denegación, alineándose con fallos previos que prohibieron nombres similares a «La Libertad Avanza» para evitar manipulaciones electorales.

Estas resoluciones llegan en un contexto de tensión preelectoral, donde la fragmentación partidaria y el surgimiento de figuras independientes han sido temas recurrentes. Expertos consultados señalan que el fallo principal refuerza el monopolio de los partidos en la oferta electoral, potencialmente limitando la participación ciudadana directa. «En un momento donde la confianza en las instituciones políticas está en mínimos históricos, decisiones como esta podrían alejar aún más a los votantes desencantados», opina el analista político Martín López. Sin embargo, defensores del fallo argumentan que preserva la coherencia del sistema, evitando candidaturas «fantasma» que podrían diluir la accountability partidaria.

¿Podría esto impulsar reformas legislativas para abrir el juego electoral? O, por el contrario, ¿consolidará el statu quo en un país que clama por mayor inclusión? Las implicaciones se sentirán en las urnas de octubre, donde el debate sobre representación auténtica promete intensificarse.

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Fuente: Abnotiweb.com.ar