El Gobierno autorizó el transporte de mascotas en trenes y micros de larga distancia

El Ministerio de Economía, a través de la Resolución 2076/2025 firmada por Luis Caputo, autorizó de manera oficial el traslado de animales domésticos en los servicios de transporte automotor y ferroviario de larga distancia de jurisdicción nacional. Hasta ahora, esta práctica solo estaba permitida para perros guía y animales pequeños en contenedores dentro de los trenes.

🐕 Requisitos clave para viajar con mascotas

La nueva normativa establece una serie de condiciones para garantizar la seguridad y el bienestar de todos los pasajeros:

AspectoRequisito Establecido
Definición de mascotaAnimal de compañía que convive en ambiente doméstico, sin fines comerciales ni de consumo.
ResponsabilidadEl pasajero mayor de edad es responsable en todo momento de la custodia, bienestar y salud del animal.
ContenedorObligatorio: debe ser un «transportín» cerrado, diseñado para el transporte.
UbicaciónPuede ir en la falda del pasajero, debajo del asiento delantero o en el asiento de la ventana (sujeto con cinturón).
Límite por personaUn solo animal doméstico por pasajero adulto. No se admite más de un animal por contenedor.
DocumentaciónSe debe exhibir la constancia de vacunación antirrábica y cualquier otra certificación exigida.
TarifaLas empresas podrán fijar una tarifa específica por este servicio.

⚙️ Facultades de las empresas y espacios en terminales

La resolución también otorga cierta flexibilidad a las compañías de transporte y establece mejoras en la infraestructura:

  • Condiciones adicionales: Las empresas podrán establecer reglas sobre especies, razas, pesos, edades y dimensiones admitidas, así como definir procedimientos de limpieza.
  • Espacios específicos: En las terminales y estaciones se deberán asignar áreas señalizadas y acondicionadas para la espera y el abordaje de pasajeros con mascotas.

🦮 Excepción para perros de asistencia

La normativa no aplica a perros guía o de asistencia, cuyo transporte continúa regulado por la Ley 26.858, que garantiza su acceso a todos los medios de transporte sin restricciones.

Esta medida formaliza y regula una práctica («pet friendly») que ya era demandada por muchos viajeros, homologando criterios de seguridad y responsabilidad para todo el país.