Sancionaron la ley de actualización de honorarios de abogados y procuradores: no se fijarán por el SMVM sino por la UMA

El Parlamento chaqueño aprobó por amplia mayoría el proyecto que modifica el mecanismo de cálculo para los honorarios profesionales. Se deja atrás el Salario Mínimo Vital y Móvil y se adopta la Unidad de Medida Arancelaria (UMA), utilizada en la Justicia federal. La diputada Tere Cubells votó en disidencia y pidió que vuelva a comisión.

El Parlamento chaqueño sancionó por amplia mayoría la ley que establece un nuevo mecanismo para calcular los honorarios de los profesionales de la abogacía y procuradores de la provincia. El voto en disidencia para que el proyecto vuelva a comisión fue de la diputada del Frente Grande, Tere Cubells, con amplios argumentos vertidos durante el debate en el Recinto.

Obró de miembro informante el diputado del interbloque Chaco Puede, Edgardo Reguera, del proyecto 2723 de 2025 con despacho unánime de la Comisión de Legislación General.

Los fundamentos del proyecto

Reguera habló de un «arduo trabajo» de casi dos años con la participación de todos los sectores e instituciones involucradas, mencionando a las seis circunscripciones judiciales y los colegios y consejos de abogados de toda la provincia.

«Se viene a actualizar una ley de más de 20 años, que no sufría ninguna modernización ni actualización al respecto, había quedado abandonada, totalmente retrasada. Y lo que se hace es cambiar el criterio, pasar del salario mínimo vital y móvil a UMA que es la Unidad de Medida Arancelaria que ya está establecida en el funcionamiento de la Justicia federal y cuenta con el visto bueno incluso de la Corte Suprema de Justicia», explicó.

Destacó que se limita la discrecionalidad de las partes y se brinda previsibilidad a quienes intervengan en un proceso judicial.

La posición de la oposición

Por la oposición, la diputada justicialista del interbloque Frente Chaqueño, Pía Chiacchio Cavana, expuso como miembro informante de su espacio y puso en valor la tarea de abogados y la manera en la que «incide nuestro trabajo profesional de manera directa en el acceso integral a la Justicia».

«Este proyecto viene a reconfigurar de manera integral todo el sistema con el que se regulaban los honorarios de los abogados. Antes lo hacíamos a través del salario mínimo vital y móvil que, como sabemos, no solo quedó totalmente desactualizado sino que había un enorme desajuste en relación a la inflación y una amplísima discrecionalidad judicial en la regulación de honorarios», remarcó.

Destacó que el proyecto actualiza la unidad de medida a través de la UMA, «que establece un parámetro de cuantificación que evita la licuación inflacionaria y prevé la posibilidad de que los profesionales tengan mayor previsibilidad económica en la regulación de sus honorarios». También destacó que disminuye el margen de discrecionalidad de los jueces, lo que «permite unificar un criterio».

La disidencia

En disidencia votó la diputada Tere Cubells del Frente Grande, con fundamentos vinculados a que no se garantiza el acceso a la justicia con dicha normativa y observando también el cálculo a través de UMA. Advirtió la necesidad de «una retribución justa y un acceso real a la justicia para la ciudadanía. Yo creo que esto no está sucediendo en este momento», dijo y pidió que el proyecto vuelva a Comisión.

Aspectos generales de la ley

La ley que se deja atrás tenía como principal parámetro el Salario Mínimo Vital y Móvil, que había quedado totalmente desactualizado. En su lugar, se propicia la adhesión directa a la UMA, que determina periódicamente la Corte Suprema de Justicia de la Nación.

De esa forma, se facilita el proceso de determinación de los honorarios y el mantenimiento razonable de su valor, además de ser una unidad que proviene del Máximo Tribunal de Justicia Nacional.

También se propone disminuir las diferencias entre igual trabajo y distinta remuneración, originadas en la discrecionalidad aplicada al regular, especialmente cuando no hay monto del juicio como base de cálculo.

Presunción de utilidad y fundamentación

La ley establece que la tarea profesional es independiente de su resultado, al tratarse de una obligación de medios. El artículo 5 establece la presunción de utilidad del trabajo profesional, salvo que no responda totalmente a los intereses del defendido.

Además, se busca que se cumplan los parámetros constitucionales del deber de fundamentación en regulaciones de honorarios, evitando la mera cita de artículos o razones aparentes.

El rol social de la abogacía

La ley subraya que la tarea del abogado incide directamente en el acceso a la justicia, pues la abogacía es una profesión de servicio público. Los honorarios son el pilar fundamental para que se cumpla con el objetivo primordial de la debida defensa en juicio.

Estimación de honorarios y Observatorio

La ley incluye la estimación del profesional de sus propios honorarios, tomando como antecedente el Reglamento del Poder Judicial (art. 96), facultad ejercida en el ámbito federal y en otras provincias.

Finalmente, se crea el Observatorio de Cumplimiento de la Ley de Honorarios de Abogados del Chaco (OCLA) , con el objetivo de garantizar el respeto y la correcta aplicación de la ley. Se fundamenta en experiencias exitosas en provincias como Santa Fe y Córdoba, donde estos mecanismos han permitido una regulación más efectiva y transparencia en la fijación de honorarios.

¿Sos abogado o procurador? ¿Qué opinás de este cambio? ¿Creés que la UMA garantizará honorarios más justos? Dejanos tu comentario.