Confirman sentencia favorable a trabajadores del Ministerio de la Producción del Chaco
La Cámara de Apelaciones del Trabajo rechazó el recurso presentado por el Gobierno provincial y ratificó que el recorte del Fondo Estímulo Productivo (FEP) fue «irrazonable e ilegal». El tribunal ordenó al Ministerio dictar una nueva reglamentación en un plazo de sesenta días.
Este viernes, la Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones del Trabajo de Resistencia ratificó que la reglamentación del Ministerio de la Producción del Chaco que recortó el Fondo Estímulo Productivo (FEP) carecía de motivación. El tribunal estableció que el Ministerio no puede excluir de la base de cálculo los fondos de terceros ni los recursos con afectación específica.
El fallo, firmado por las juezas Silvana Gómez y Silvia Suárez, confirma lo resuelto en mayo por el juez del Trabajo N°3, Sergio Bosch, quien había dictaminado la nulidad parcial de la Resolución Ministerial N°71/2026 y ordenado al Ministerio dictar una nueva reglamentación en un plazo de sesenta días, con el marco estricto de la Ley N° 2398-I.
Un recorte de casi el 90%
El tribunal comprobó que el FEP que percibían los trabajadores de esa cartera pasó de algo más de 1,5 millón de pesos a 136 mil pesos a partir de la resolución firmada por el ministro Oscar Dudik, es decir, un recorte cercano al 90%.
De acuerdo con lo resuelto por la Cámara, la resolución que modificó el Fondo Estímulo Productivo fue considerada irrazonable e ilegal, al entender que alteró lo establecido por la Ley 2398-I y provocó una reducción de los ingresos de los trabajadores.
Los antecedentes del conflicto
El fallo llega luego de meses de reclamos y se destacó el proceso protagonizado por los trabajadores. En mayo de 2026, el propio ministro Dudik había cuestionado el fallo de primera instancia y anticipado que la Provincia avanzaría con una apelación ante la Cámara Laboral. En aquel momento, el funcionario sostuvo que existían aspectos «injustos» en la resolución y advirtió que, si la medida quedaba firme, la Provincia debería reasignar partidas para cumplir con la obligación.
«Si el juez lo ordena, probablemente tengamos que dejar de hacer obras o inversiones para afrontar ese compromiso», había señalado entonces el ministro.
Próximos pasos
Con esta decisión judicial, la Sala Segunda ratifica lo resuelto en primera instancia y rechaza el recurso de apelación presentado por la Fiscalía de Estado en representación del Ministerio y del Poder Ejecutivo provincial. El Ministerio de la Producción deberá ahora dictar una nueva reglamentación del Fondo Estímulo Productivo en un plazo de sesenta días conforme al marco de la Ley N° 2398-I.
