Canteros pidió prudencia en la aplicación del Régimen Penal Juvenil: «Si nos ponemos inflexibles, vamos a llenar los establecimientos en un mes»

Una advertencia sobre la aplicación de la ley: ¿se priorizarán las medidas alternativas?

¿Sabía que el nuevo Régimen Penal Juvenil ya está en vigencia y que ya hubo detenciones? ¿Qué dice el procurador sobre su aplicación?

En el marco de la aplicación del Nuevo Régimen Penal Juvenil, el Procurador General del Chaco, Jorge Canteros, se refirió al Observatorio Federal que se implementó para monitorear la aplicación de la ley. Canteros advirtió sobre la necesidad de priorizar las medidas alternativas a la prisión.

El Observatorio del Régimen Penal Juvenil: una herramienta de monitoreo

¿Qué es el Observatorio? ¿Quiénes lo integran? ¿Para qué sirve?

El Consejo de Procuradores y Fiscales Generales y el Consejo Federal de Política Criminal crearon un Observatorio del Régimen Penal Juvenil para monitorear la aplicación de la nueva normativa en todo el país. El procurador general del Chaco, Jorge Canteros, explicó que el organismo tendrá participación de referentes de los ministerios públicos de las distintas jurisdicciones y buscará controlar que se cumplan las diferentes etapas previstas por la ley.

En declaraciones a CIUDAD TV, Canteros explicó que ambos organismos ya cuentan con un Observatorio de Violencia de Género y que, a partir de la modificación del régimen penal juvenil, consideraron necesario establecer una herramienta específica para seguir su implementación.

«Hoy, con esta modificación del régimen de la Ley Penal Juvenil, quisimos estar a la altura de las circunstancias», sostuvo el procurador general.

¿Es suficiente con un observatorio para garantizar que la ley se aplique correctamente? ¿O se necesita algo más? ¿Quién controla a los que controlan?

La prisión como última alternativa: «No hay que repartir prisiones preventivas»

¿Cuál es el eje de la nueva normativa según Canteros? ¿Qué medidas alternativas existen?

Canteros puso el foco en uno de los aspectos centrales de la nueva normativa: la utilización de medidas alternativas antes de recurrir al encarcelamiento preventivo.

«Para esta ley, y eso hay que decirlo con claridad, la última ratio, la última decisión, es la prisión», afirmó.

En ese sentido, remarcó que no se deberían aplicar prisiones preventivas de manera automática y que deben analizarse las distintas herramientas previstas por el régimen. Entre ellas mencionó las medidas alternativas, la mediación, el cumplimiento de penas comunitarias y otras salidas previas a la prisión.

«No hay que repartir prisiones preventivas. Hay que tener sumo cuidado en la aplicación del régimen penal juvenil, porque hay medidas intermedias, mediación, cumplimiento de penas comunitarias y salidas alternativas previas a la prisión», remarcó.

¿Está de acuerdo con que la prisión sea la última alternativa? ¿O cree que para delitos graves debería aplicarse automáticamente? ¿Qué opina de la mediación y las penas comunitarias?

La advertencia sobre la capacidad de los establecimientos: «Esas 26 plazas se pueden llenar en un mes»

¿Cuántas plazas hay en los establecimientos para menores? ¿Qué pasaría si se aplica la ley de forma rígida?

La advertencia también estuvo vinculada con la capacidad de los establecimientos destinados a alojar adolescentes en conflicto con la ley penal. Canteros señaló que el establecimiento adecuado para menores ubicado en Presidencia Roque Sáenz Peña cuenta con 26 plazas y que en la provincia también existe el de Tres Horquetas.

«Si nos ponemos inflexibles o nos ponemos rígidos en la aplicación de esta ley penal juvenil, esas 26 plazas se las puede llenar en un mes», sostuvo.

¿Se imagina un establecimiento con 26 plazas lleno en un mes? ¿Qué pasaría después? ¿Dónde alojarían a los adolescentes? ¿Está preparada la provincia para aplicar esta ley?

Ya hubo detenciones: jóvenes de 14, 15 y 16 años privados de libertad

¿Hubo detenciones desde la entrada en vigencia? ¿A qué edades?

El procurador confirmó además que desde la entrada en vigencia del nuevo régimen ya se produjeron detenciones de adolescentes alcanzados por la normativa. Según explicó, hubo casos de jóvenes de 14, 15 y 16 años que fueron privados de su libertad, aunque remarcó que se procura «morigerar» la prisión preventiva y utilizar los mecanismos alternativos previstos por la ley.

¿Qué delitos habrán cometido estos jóvenes? ¿Es justo que un adolescente de 14 años esté privado de libertad? ¿O debería haber otras respuestas para la violencia juvenil?

El nuevo rol del Ministerio Público Fiscal

¿Qué cambió con la nueva ley? ¿Quién lleva adelante la investigación?

Uno de los cambios señalados por Canteros está relacionado con el rol del Ministerio Público Fiscal. Antes de la entrada en vigencia del nuevo régimen, cuando en un hecho delictivo intervenía un menor, este era puesto inmediatamente a disposición de los jueces penales de menores. Ahora, explicó, el fiscal de investigación lleva adelante la investigación penal preparatoria tanto respecto del mayor como del menor involucrado. Al juez de menores se le comunica que existe un adolescente detenido a su disposición.

¿Es mejor que un fiscal de investigación lleve el caso? ¿O el fuero de menores estaba mejor preparado para estos casos? ¿Qué pasa con la especialización?

Declaraciones de inconstitucionalidad: la Justicia cuestiona la ley

¿Qué decisiones judiciales se tomaron? ¿Por qué se declaró inconstitucional?

Canteros también se refirió a las recientes decisiones judiciales que cuestionaron la constitucionalidad de la nueva normativa. Mencionó que una jueza de la provincia de Buenos Aires declaró la inconstitucionalidad de la ley para un caso concreto y que posteriormente una jueza de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires adoptó una decisión similar. Según explicó, en este último caso el planteo estuvo vinculado con la preeminencia de las convenciones internacionales y la protección de los derechos de niños y adolescentes por sobre las modificaciones introducidas al régimen penal juvenil. El procurador remarcó que se trata de decisiones adoptadas para casos concretos y que el nuevo observatorio permitirá realizar un seguimiento de la implementación de la normativa.

¿Tiene razón la Justicia al declarar inconstitucional la ley? ¿O se está protegiendo a los delincuentes? ¿Qué dice la Constitución y los tratados internacionales sobre los derechos de los niños?

Conclusión: un debate que recién comienza

La aplicación del nuevo Régimen Penal Juvenil plantea un debate profundo: ¿cómo se debe responder a los delitos cometidos por adolescentes? ¿Con prisión o con medidas alternativas? ¿La sociedad está preparada para un enfoque restaurativo? ¿O sigue primando la mano dura?

El procurador Canteros pidió prudencia y advirtió sobre la capacidad de los establecimientos. ¿Se escuchará su llamado? ¿O la presión social y política llevará a llenar las cárceles de adolescentes? ¿Qué pasará con los chicos que delinquen? ¿Se los castiga o se los reinserta?