Amparo Judicial contra el Desfinanciamiento de la Educación Técnica
Enero de 2026 – En un movimiento que busca sentar un precedente crucial, un grupo de estudiantes, familiares y docentes de escuelas técnicas presentó una acción de amparo ante la Justicia para frenar la aplicación del Artículo N°30 de la Ley de Presupuesto 2026, que eliminó el fondo específico de financiamiento para la Educación Técnico Profesional (ETP). Los demandantes sostienen que la norma es inconstitucional y que su aplicación significa un «golpe directo» a la formación técnica del país.
🔧 El Fondo Eliminado: De la Ley al Presupuesto
El núcleo del conflicto es la derogación del Artículo 52 de la Ley de Educación Técnico Profesional (Ley 26.058). Este artículo establecía que el fondo para esta modalidad debía garantizar, como mínimo, el 0,2% del presupuesto del Sector Público Nacional, un complemento vital para inversiones en infraestructura, equipamiento y capacitación.
Según los cálculos del colectivo demandante, esta eliminación representa un recorte del 93% en el presupuesto 2026 para la ETP respecto a valores equivalentes de 2023: se pasarían de unos $322.000 millones (según la fórmula de la ley) a apenas $11.000 millones asignados. «Está claro que a Javier Milei y su Gabinete no les interesa tener un país con producción nacional y por esto mismo tampoco tienen interés en tener un país con Técnicos profesionales», advierte el texto del amparo, reflejando la indignación del sector.
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¿Cómo creés que afecta este recorte a la formación de futuros técnicos y al desarrollo industrial del país? La discusión sobre el valor de la escuela pública técnica está más vigente que nunca.
⚖️ Los Cinco Argumentos de Inconstitucionalidad
El amparo, presentado por dos estudiantes acompañados por sus padres en representación de un colectivo mayor, esgrime cinco argumentos centrales:
- Desvío de Poder: Una ley anual de presupuesto no puede derogar leyes permanentes que reconocen derechos fundamentales (como la Ley de ETP). Hacerlo constituye un «desvío del Poder Legislativo».
- Violación del Derecho a la Educación: Este derecho, para ser real, exige financiamiento suficiente, continuo y previsible. Eliminar los pisos de inversión «vacía el derecho de contenido».
- Regresividad y No Progresividad: La medida viola el principio de progresividad (mejora continua) y la prohibición de regresividad, al eliminar protecciones ya consolidadas.
- Discriminación: El impacto no es igual para todos. «Quienes tienen recursos podrán pagar educación privada y, quienes no, quedarán afuera», alertan.
- Derecho en Desarrollo: La educación es un derecho en desarrollo; las trayectorias educativas no se pueden «pausar» sin daño, y el recorte compromete este proceso.
👨⚖️ El Reclamo Judicial y los Próximos Pasos
El amparo quedó radicado en el Juzgado de Primera Instancia en lo Contencioso, Administrativo y Tributario N°11 de la Ciudad de Buenos Aires. El reclamo es amplio: no solo pide la restitución del fondo para la educación técnica, sino «todo lo derogado por el Artículo N°30», que también eliminó la meta del 6% del PBI para educación y parámetros de financiamiento para ciencia y tecnología.
El juzgado deberá decidir primero si levanta la feria judicial para tratar el tema con urgencia, y luego resolver sobre la medida cautelar solicitada para frenar la aplicación del artículo hasta que se resuelva el fondo de la cuestión. Este caso podría convertirse en un hito legal sobre los límites de la ley de presupuesto y la protección judicial del derecho a la educación en un contexto de ajuste fiscal.
