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sábado 10 de octubre de 2026
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Corrientes: el exjuez federal Soto Dávila y otras siete personas van a juicio oral imputados por quedarse con vehículos secuestrados

La causa por la presunta sustracción de vehículos secuestrados que debían ser decomisados sigue encaminada hacia el juicio oral. En pocos días, la Justicia Federal de Corrientes cerró la puerta a una salida anticipada y rechazó un planteo del exjuez Carlos Soto Dávila para ser sobreseído. El Tribunal Oral Federal rechazó un juicio abreviado que habían acordado la fiscalía y tres imputados, entre ellos uno por el que los fiscales pedían la liberación, al considerar que no estaba debidamente fundado.

hace 4 h
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Primero, el TOF rechazó un acuerdo de juicio abreviado entre los fiscales y los acusados Pablo Carlos Molina, Zacarías Miguel Issolio y Roni Tunik, que incluía el pedido de liberación de Issolio por duda, porque entendió que no estaba debidamente fundado. Por otro, la Cámara Federal de Apelaciones declaró inadmisible el recurso de casación del exjuez Soto Dávila, que buscaba revertir la decisión que mantuvo la elevación de la causa a juicio.

La causa

El expediente investiga maniobras ocurridas entre abril y noviembre de 2016 en los trámites de entrega de bienes registrables dentro de otra causa del Juzgado Federal N° 1 de Corrientes. Según la acusación, el propósito era sacar de la órbita de la Administración Pública vehículos que habían sido secuestrados con fines de decomiso y que estaban bajo custodia de funcionarios del juzgado, afectando así la facultad del Estado de quedarse con bienes provenientes de un delito.

El fiscal federal pidió llevar a juicio a ocho personas: Soto Dávila, Pablo Carlos Molina, Zacarías Miguel Issolio, Duylio Horacio Barboza Galeano, Roni Tunik, Renzo Meucci, Antonio Luis Villalba y Víctor Manuel Fernández.

La Cámara rechazó la casación de Soto Dávila

La Cámara Federal de Corrientes declaró inadmisible el recurso de casación que presentó la defensa del exjuez. El planteo apuntaba contra una decisión anterior de la propia Cámara, que había confirmado el rechazo de un pedido de nulidad y de sobreseimiento a favor de Soto Dávila y había mantenido la elevación de la causa a juicio para todos los imputados.

La defensa sostuvo que esa decisión debía poder revisarse en casación porque afectaba garantías como la legalidad, la defensa en juicio, el debido proceso y el derecho a ser juzgado sobre la base de una acusación clara y precisa. También alegó arbitrariedad y que llevar a juicio a un imputado a partir de una acusación con defectos le causaba un perjuicio imposible de reparar más adelante. El fiscal general subrogante pidió que el recurso fuera declarado inadmisible.

En la resolución del 6 de octubre, firmada por los jueces Mirta Delia Tyden y Mario Osvaldo Boldú, la Cámara le dio la razón al fiscal. Explicó que lo que se discutía no ponía fin al proceso ni impedía su continuación: solo confirmaba que la causa debía ir a juicio. Por eso no era una sentencia definitiva ni equiparable a una. Los jueces añadieron que Soto Dávila podrá volver a plantear sus cuestionamientos en las etapas siguientes y, si corresponde, mediante los recursos que la ley prevé contra la sentencia definitiva.

Sobre la supuesta arbitrariedad, señalaron que la defensa no demostró una lesión concreta a sus garantías ni una fundamentación meramente aparente, sino que reeditó planteos ya resueltos y mostró su disconformidad con lo decidido.

El Tribunal Oral rechazó el juicio abreviado

Pocos días antes, el 28 de septiembre, el Tribunal Oral Federal de Corrientes había rechazado un acuerdo de juicio abreviado firmado por los fiscales Carlos Schaefer, Diego Iglesias y Martín Uriona con tres de los acusados: Molina, Issolio y Tunik, junto con sus defensores. Soto Dávila no formaba parte de ese acuerdo.
Según el pacto, Molina respondería como coautor de peculado, en concurso ideal con falsificación de documento público y falsedad ideológica, y como partícipe necesario de prevaricato. Tunik sería partícipe necesario de peculado. Para Issolio, en cambio, los fiscales pidieron la liberación: dijeron que, a la luz de lo que declaró Molina en el acuerdo, no había prueba suficiente para superar la duda sobre su responsabilidad.

El voto del juez Simón Pedro Bracco (subrogante), al que adhirieron Eduardo Ariel Belforte y Ruth María Ponce de León, sostuvo que el acuerdo no estaba debidamente fundado. Señaló que la fiscalía invocó una duda sobre Issolio sin precisar qué elementos del delito faltarían y sin respaldarla en pruebas objetivas, más allá de los dichos de Molina, que deben ser contrastados con el resto de la prueba. Y consideró que no era razonable prescindir del debate oral, especialmente por la gravedad de los hechos atribuidos.

¿Qué significa que un exjuez vaya a juicio oral?

La pregunta que surge es inevitable: ¿qué implica que un ex juez federal se siente en el banquillo? Mucho. Significa que la Justicia se investiga a sí misma. Significa que nadie está por encima de la ley. Y significa, también, que la causa por la sustracción de vehículos secuestrados tendrá finalmente un debate oral y público, donde se presentarán las pruebas y se escucharán los argumentos de todas las partes.

El camino hasta acá no fue sencillo. La defensa de Soto Dávila intentó frenar la elevación a juicio. La Cámara lo rechazó. El Tribunal Oral rechazó un juicio abreviado. Y ahora, la causa se encamina al debate. Será un juicio largo y complejo, con ocho imputados y hechos ocurridos hace casi una década. Pero es un paso fundamental para determinar responsabilidades. Porque si alguien se quedó con vehículos que debían ser decomisados, la sociedad tiene derecho a saber quién fue y por qué.
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