Casación Penal Absuelve a Aída Ayala y Revoca Condenas en la Causa Lavado II: Falta de Pruebas Fundamenta la Decisión

Por Elena Morales, Corresponsal en Justicia Federal 17 de octubre de 2025
Buenos Aires, Argentina – La Sala IV de la Cámara Federal de Casación Penal emitió un fallo de 400 páginas el jueves 16 de octubre de 2025, absolviendo a la ex intendenta de Resistencia, Aída Ayala, y a todos los imputados en la causa conocida como Lavado II o PIMP SA. Los jueces Gustavo Hornos, Javier Carbajo y Diego Barroetaveña hicieron lugar parcialmente a los recursos de las defensas, revocando las condenas por fraude en perjuicio de la administración pública y lavado de activos, al determinar que no se acreditaron los ilícitos con la certeza requerida para una sentencia condenatoria. Esta resolución representa un cierre definitivo para un proceso judicial que se extendió por años e involucró presuntas irregularidades en la contratación de servicios municipales durante la gestión de Ayala (2003-2015).
El tribunal oral federal de Resistencia había dictado las condenas el 10 de mayo de 2024, tras un juicio que investigaba maniobras defraudatorias en la adjudicación de contratos para la recolección de residuos a la empresa PIMP SA, presuntamente vinculada al entorno de Ayala. La Sala IV de Casación, en su análisis exhaustivo, concluyó que no existían pruebas directas ni indiciarias suficientes para sostener que Ayala direccionó licitaciones en favor de empresas afines o generó un perjuicio concreto a la administración pública. En particular, se destacó la ausencia de peritajes contables que demostraran el daño económico alegado, elemento esencial para configurar el delito de fraude.
Dado que el fraude no fue probado, las imputaciones por lavado de activos –que dependían de un ilícito precedente defraudatorio– también cayeron por su base. Los camaristas enfatizaron que la relevancia penal de las supuestas maniobras no alcanzó el estándar de certeza positiva exigido en un debate oral y público. Respecto a Jacinto Sampayo, ex secretario general del Sindicato de Trabajadores Municipales de Resistencia, quien falleció el 27 de marzo de 2025, el recurso se declaró abstracto, revocando su condena de 3 años y medio por lavado de activos.
Las Condenas Revocadas en Detalle
A continuación, se presenta un resumen de las penas originalmente impuestas por el Tribunal Oral Federal de Resistencia y ahora anuladas por Casación:
Imputado | Condena Original (2024) | Delitos Imputados | Observaciones |
---|---|---|---|
Aída Ayala | 3 años de prisión condicional + inhabilitación perpetua | Fraude en perjuicio de la administración pública (absuelta por lavado) | Ex intendenta de Resistencia; no se probó perjuicio económico. |
Jacinto Sampayo | 3 años y 6 meses de prisión | Lavado de activos | Recurso declarado abstracto por fallecimiento. |
Alejandro Fischer | 6 años y 6 meses de prisión | Fraude y lavado de activos (partícipe necesario) | Extitular de PIMP SA; vinculado familiarmente a Ayala. |
Carlos Huidobro | 5 años y 6 meses de prisión | Fraude y lavado de activos (partícipe necesario) | Empresario; rol en ejecución de contratos. |
Pedro Martínez | 5 años y 6 meses de prisión | Fraude y lavado de activos (partícipe necesario) | Empresario; rol en ejecución de contratos. |
Eulalio Bouza | 4 años y 6 meses de prisión | Fraude y lavado de activos (partícipe necesario) | Empresario; rol en ejecución de contratos. |
Rolando Acuña | 3 años de prisión condicional | Fraude y lavado de activos (partícipe secundario) | Colaborador en maniobras alegadas. |
Luis Escobar | 3 años de prisión condicional | Fraude y lavado de activos (partícipe secundario) | Colaborador en maniobras alegadas. |
*Fuente: Fallo de Casación y sentencia original del TOF Resistencia. Todas las penas incluían multas accesorias, ahora también revocadas.
Tras la absolución, Ayala se pronunció en diálogo con medios locales, afirmando: «No me interesan los cargos, me interesa la verdad. Siempre fui transparente y jamás hubo un ilícito». La ex mandataria, quien también enfrentó procesos paralelos por enriquecimiento ilícito y negociaciones incompatibles (absuelta en julio de 2025 en una causa relacionada), criticó la sentencia inicial como un «armado sin pruebas» y defendió su gestión municipal como íntegra. La fiscalía ha indicado que evaluará opciones de apelación, aunque el fallo de Casación –instancia superior en materia penal federal– limita tales posibilidades.
Este resolución subraya la importancia de la carga de la prueba en procesos por corrupción pública, alineándose con precedentes que exigen evidencia concreta para condenas en delitos complejos como el lavado de activos. La causa, originada en denuncias de 2014 por presuntas irregularidades en contratos por 500 millones de pesos, cierra un capítulo prolongado en la Justicia chaqueña, aunque persisten investigaciones conexas contra Ayala.
Invitación a la Participación de los Lectores
Para enriquecer el análisis sobre accountability en la administración pública y el rol de la Justicia en casos de corrupción, se invita a los lectores a contribuir de manera reflexiva:
- Encuesta Interactiva: ¿Considera que este fallo fortalece la presunción de inocencia en causas de corrupción política?
- Sí, resalta la necesidad de pruebas irrefutables.
- No, podría interpretarse como indulgencia hacia funcionarios.
- Depende del contexto probatorio específico. (Participe en nuestra encuesta en línea y acceda a resultados actualizados en la versión web de esta nota.)
- Sección de Comentarios: Exponga sus perspectivas sobre el impacto de esta absolución en la confianza pública en las instituciones judiciales. ¿Qué reformas propone para agilizar procesos similares? Se solicita mantener intervenciones respetuosas y fundamentadas; el equipo moderará para preservar un foro constructivo.
- Comparta y Difunda: Si esta cobertura resulta relevante, utilice los botones de redes sociales para diseminarla en plataformas como X o LinkedIn. Etiquétanos en @JusticiaFederalAR para integrar sus observaciones en futuras ediciones.