Condenaron a prisión perpetua a un peluquero que asesinó a su pareja tras apuñalarla 47 veces

Un peluquero venezolano de 30 años fue condenado a prisión perpetua por asesinar a su pareja con 47 puñaladas en el barrio porteño de Flores en el año 2021. Así lo dispuso el viernes el Tribunal Oral en lo Criminal y Correccional 17 de la Capital Federal, que decidió encuadrar el hecho bajo el delito de “homicidio doblemente agravado por haber sido cometido contra una persona con la que mantenía una relación de pareja y por haber mediado violencia de género”.

El condenado es José Antonio Rangel Moyeton, un joven que al momento del hecho tenía 28 años y vivía hace 3 en el país, en la planta baja de un departamento de la calle Yerbal 2900 de la capital, donde la mañana del domingo 18 de abril, luego de una fuerte discusión, tomó un cuchillo y mató a su pareja Mayerling Mariana Blanco Bravo, con quien convivía junto a su hijo de 3 años.

Según la investigación del caso, que implicó el rastreo de chats y declaraciones testimoniales de allegados, la joven de 25 años -también oriunda de Venezuela- le había indicado a Rangel Moyeton durante varios días que se quería separar por causa de la violencia física y psicológica que él ejercía en el vínculo.

El ataque fue brutal. De acuerdo a los resultados de la autopsia efectuada por el Cuerpo Médico Forense, el venezolano -que trabajaba de barbero en un local de Recoleta- le infringió a su pareja “por lo menos 47 lesiones en su cabeza, cuello, pecho y brazos”. “La más grave de las heridas fue en el tórax; le ocasionó una lesión en el pulmón y la pleura, lo que generó una hemorragia interna y externa. (…) El cuerpo de la víctima fue encontrado por su cuñada, hermana del agresor. Una vecina fue quién llamó a la policía y contó también que el hijo de la pareja había presenciado el femicidio”, señaló el Ministerio Público Fiscal (MPF) en un comunicado.

El peluquero escondió el cuerpo entre dos camas y debajo de unas sábanas y escapó. Estuvo prófugo 4 días, durante los cuales intervino la División Homicidios de la Policía de la Ciudad, que tras una intensa búsqueda logró hallarlo en un hotel del barrio de Balvanera. Con todo esto comprobado, la fiscal María Luz Castañy, a cargo de la Fiscalía General 30, en su alegato del debate oral expresó: “Este caso es un femicidio íntimo: está acreditado que eran pareja. Estos femicidios se caracterizan por antecedentes de violencia previos: psicológicos, físicos, verbales, económicos, más allá de si la víctima denunció o no”.

La acusación se centró en evidenciar la atmósfera de violencia en la que vivía la víctima durante la convivencia. Para lo cual exhibió un chat donde “el agresor le escribió dos días antes del femicidio que si no se relacionaba con él, ‘no era con nadie: me mato y te mato’”, agregó el MPF. “El móvil del femicidio tuvo que ver con que Mariana no quería estar más con él”, afirmó la fiscalía.

Diversos testimonios durante el proceso penal dieron cuenta del maltrato ejercido por parte del atacante, donde se constataron amenazas, manipulaciones y hasta moretones en los ojos. En ellos se inscribe también lo que declaró la vecina de su edificio, quien además se encargaba de cuidar al hijo de la pareja. Ella manifestó que “varias veces la vio golpeada y que la propia víctima le contó que Rangel Moyeton era adicto y que discutían muchísimo”, informó el comunicado del MPF.

El tribunal tuvo por acreditada la causal de agravamiento del homicidio por violencia de género. Además consideró demostrado el agravante por el vínculo, en consonancia con la postura de la fiscalía general.

El tribunal tuvo por acreditada la causal de agravamiento del homicidio por violencia de género. Además consideró demostrado el agravante por el vínculo, en consonancia con la postura de la fiscalía general.

De esta forma, el Tribunal Oral -compuesto por los jueces Juan Giudice BravoPablo Vega y Silvia Guzzardi– tuvo por acreditada la causal de agravamiento del homicidio por violencia de género. Además consideró demostrado el agravante por el vínculo, en consonancia con la postura de la fiscal, quien en su alegato final explicó que el venezolano, al momento de realizar el acto, “se aprovecha, saca ventaja de toda la información que conoce debido a la confianza que existe entre ambos, con el objetivo de cometer el delito de manera más eficiente”.

La fiscalía también había solicitado una mayor pena en virtud del “ensañamiento” ligado a las al menos 47 puñaladas registradas en el cuerpo de la víctima. “Es un modo cruel de matar y se da cuando el autor infringe padecimientos físicos y psíquicos innecesarios, la acción está dirigida a matar haciendo sufrir a la víctima de una forma cruel”, dijo. Sin embargo, esto fue descartado por los jueces del Tribunal, en una sentencia que formalizará sus fundamentos el próximo 3 de marzo.