La determinante medida del Gobierno con Precios Justos

El programa fija precios de unos dos mil productos de primera necesidad en el país mediante acuerdos voluntarios entre el Estado y empresas privadas.

El programa Precios Justos fija precios de unos dos mil productos de primera necesidad mediante acuerdos voluntarios entre el Gobierno Nacional y empresas productoras y comercializadoras. El mismo, estará vigente hasta el 31 de diciembre de 2023.

En la Resolución 1077/2022, publicada este martes en el Boletín Oficial, se estableció el plazo de vigencia hasta el final del año próximo. Asimismo, se detallaron las normas a cumplir por parte de las empresas productoras de insumos difundidos.

La resolución original con la que se creo Precios Justos, publicada el 10 de noviembre, se ajustaba a empresas proveedoras de Bienes de Consumo Masivo, supermercados minoristas y mayoristas, y no fijaba el plazo de vigencia del programa, más allá de establecer que los convenios con cada empresa se extendería desde noviembre de 2022 hasta fines de febrero de 2023.

Atento a esta situación, en los considerandos de la resolución 1077 se indica que “resulta necesario aclarar cuál es el plazo de vigencia del Programa Precios Justos” y facultar a la Secretaría de Comercio a “dictar las normas aclaratorias que fueran necesarias”.

También, se incorporó a las empresas productoras de insumos difundidos, consideradas como las «productoras de los productos estratégicos para la industria nacional que, resultado de un proceso industrial, forman parte de la cadena de producción de gran parte de los productos de consumo masivo, entre otros».

Esas empresas, si suscriben el convenio de adhesión al programa, «deberán vender, de forma constante e ininterrumpida, los productos que ellas comercialicen y que se detallarán al momento de la suscripción del referido convenio» entre diciembre de 2022 y febrero de 2023.

En caso de resultar imposible la provisión de algún producto por causas ajenas a las empresas, «deberán dar aviso fehaciente de ello a la Subsecretaría de Políticas para el Mercado Interno» en un plazo de no más de 72 horas de tomado conocimiento de dicha imposibilidad.

En ese marco, se considerará que las empresas incurrieron en infracción cuando no respondan en tiempo y forma los requerimientos de información o se verifique el incumplimiento de cualquiera de las disposiciones de la resolución y de las cláusulas del convenio que suscriban.

Empresarios piden más tiempo para pagar el bono a privados

El lunes, la Cámara Argentina de Comercio y Servicios (CAC) solicitó al Gobierno nacional la extensión de los plazos fijados para el pago del bono de $24.000, previsto para los trabajadores en relación de dependencia del sector privado con salarios que no superen los $185.859.

«Desde nuestra entidad consideramos que sería necesario establecer, cuanto menos, la posibilidad de que el bono en cuestión pueda abonarse junto con el devengado del mes de diciembre de 2022, cuyo plazo de pago se extiende hasta el 5 de enero próximo», señaló en un comunicado de la entidad empresaria.

En este sentido, el Decreto 841/2022, según el artículo primero, establece que la asignación no remunerativa de dicho valor debe ser abonada por los empleadores durante el presente mes de diciembre de 2022.

Sin embargo, teniendo en cuenta la fecha de este anuncio, realizada el 16 de diciembre, es decir, «habiendo transcurrido la mitad del mes, y a la vez que, «en diciembre las empresas deben hacer frente el pago del medio aguinaldo», la entidad solicitó establecer la extensión del plazo de pago.

La preocupación por esta situación ha sido manifestada en varias oportunidades por los asociados de todo el territorio nacional que pertenecen a CAC, ya que «reduce su liquidez» y «numerosas firmas registran problemas económico-financieros», dijo la nota.

Por lo que, en este contexto, los integrantes de la entidad «nos han señalado la imposibilidad de hacer frente al pago en las actuales condiciones», concluye la solicitud.