Primer fallo contra la reforma laboral: un juez de Córdoba declaró inconstitucional un artículo clave

La sentencia del juez Ricardo Gileta cuestiona el artículo 55 de la Ley de Modernización Laboral por generar desigualdad entre trabajadores según la fecha de inicio del juicio. El fallo abre un nuevo frente judicial contra la norma.

A menos de una semana de la entrada en vigencia de la Ley de Modernización Laboral, la reforma ya enfrenta su primer revés en los tribunales. El juez Ricardo Gileta, integrante de la Sala 1 de la Cámara del Trabajo de Córdoba, declaró inconstitucional el artículo 55 de la norma por considerar que vulnera el principio de igualdad ante la ley establecido en el artículo 16 de la Constitución Nacional .

La sentencia, firmada el 10 de marzo, es el primer pronunciamiento judicial conocido que cuestiona directamente la reforma laboral promulgada el 6 de marzo. Aunque la decisión solo rige para el caso concreto analizado por el tribunal, el fallo podría convertirse en un antecedente relevante para otros litigios laborales en todo el país .

Qué dice el artículo 55

El artículo 55 regula la forma en que deben actualizarse los créditos laborales en juicios que ya estaban en trámite cuando entró en vigencia la nueva ley. La reforma establece un esquema diferenciado respecto de las causas que se inicien a partir de ahora:

  • Para juicios nuevos: actualización según la evolución del índice de precios al consumidor (IPC) más un interés adicional del 3% mensual (artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo).
  • Para procesos ya iniciados: tasa pasiva del Banco Central, con un piso equivalente al 67% del cálculo que resultaría con el sistema general .

Los fundamentos del fallo

Según el juez Gileta, esa diferenciación normativa genera un trato desigual entre trabajadores que se encuentran en situaciones comparables. La distinción basada únicamente en la fecha de inicio del juicio «no encuentra una justificación razonable» y por lo tanto vulnera la garantía de igualdad ante la ley .

Además, el magistrado advirtió que el nuevo esquema puede implicar una reducción significativa del valor real de los créditos laborales. Diversos análisis jurídicos estiman que, con el régimen previsto en el artículo 55, los trabajadores podrían terminar cobrando entre un 20% y un 60% menos que bajo el sistema de actualización más favorable .

El fallo también subraya que los créditos laborales tienen un carácter alimentario y están especialmente protegidos por el derecho del trabajo. Por esa razón, cualquier mecanismo que reduzca de manera significativa su valor frente a la inflación puede afectar el principio de reparación plena y el principio protectorio consagrado en la Constitución .

El cuestionamiento a los efectos retroactivos

Otro de los puntos centrales del pronunciamiento es el cuestionamiento a los efectos retroactivos de la norma. El artículo 55 se aplica a procesos judiciales ya iniciados, lo que significa que modifica el modo en que se actualizarán créditos derivados de relaciones laborales anteriores a la sanción de la ley. Para el juez, esa situación puede implicar una afectación de derechos ya consolidados .

En el caso concreto analizado, Gileta decidió descartar la aplicación del artículo 55 y ordenar que el crédito laboral se actualice con el sistema previsto en el artículo 276 de la Ley de Contrato de Trabajo: IPC más un 3% mensual desde la mora hasta el pago efectivo .

El impacto del fallo

Aunque la decisión no invalida automáticamente el artículo para todo el país, sí abre la puerta a que otros trabajadores con juicios en trámite soliciten su inaplicabilidad por inconstitucionalidad. De hecho, distintos colectivos de abogados laboralistas ya venían preparando planteos judiciales contra esta disposición de la reforma .

El fallo se produce en un contexto de creciente debate jurídico y político sobre la nueva legislación. Sindicatos, especialistas en derecho laboral y asociaciones profesionales cuestionaron varios artículos de la ley por considerar que afectan derechos laborales y reducen la protección de los trabajadores .

Lo que viene

A partir de ahora, el escenario dependerá en gran medida de cómo reaccionen otros tribunales. Si más jueces adoptan el mismo criterio, podría consolidarse una línea jurisprudencial que limite el alcance del artículo 55. En cambio, si aparecen fallos contradictorios, la discusión podría escalar hasta la Corte Suprema, que tendría la última palabra sobre la constitucionalidad de la norma .

¿Seguís el debate sobre la reforma laboral? ¿Qué opinás de este primer fallo en contra? ¿Crees que la justicia frenará otros artículos? Dejanos tu comentario.