Procesan al empresario azucarero Ricardo Ansonnaud por asociación ilícita tributaria y le embargaron $1.000 millones
El juez federal Guillermo Díaz Martínez lo acusa de liderar una organización dedicada a la evasión impositiva y retención indebida de aportes, vinculada al Ingenio La Trinidad. Otros cuatro imputados recibieron embargos de $700 millones.
El juez federal subrogante Guillermo Díaz Martínez procesó al empresario azucarero Ricardo Sixto Ansonnaud como presunto jefe de una asociación ilícita tributaria vinculada a la explotación del Ingenio La Trinidad. La resolución también alcanzó a otras cuatro personas y dispuso embargos millonarios sobre los bienes de todos los imputados [nota_informativa].
La causa se inició a partir de una denuncia del organismo recaudador nacional, hoy denominado Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), por presuntas maniobras de evasión impositiva y retención indebida de aportes a la seguridad social. Según la investigación, las irregularidades estarían relacionadas con la comercialización de azúcar y el incumplimiento de obligaciones fiscales vinculadas a la actividad del ingenio [nota_informativa].
Los imputados
Además de Ansonnaud, el magistrado procesó a:
- Santiago Gasep
- Guillermo Aníbal Kargachin
- Fabio Enrique Seoane
- Marta María Fogliata
Todos quedaron imputados como coautores del delito previsto en el Régimen Penal Tributario [nota_informativa].
El esquema investigado
La hipótesis de la fiscalía federal, a cargo de Agustín Chit, señala que el esquema habría funcionado al menos desde 2010 mediante la utilización de distintas sociedades comerciales para continuar con la explotación del ingenio mientras se eludían obligaciones tributarias y previsionales [nota_informativa].
Entre las firmas mencionadas en la investigación aparecen:
- MIJASI SRL
- Azucarera del Sur SRL
- ANZUC SRL
- Fideicomiso Azúcares del Tucumán
- Los Chaguares SA
De acuerdo con la acusación, estas estructuras se habrían utilizado de manera sucesiva para sostener la actividad productiva mientras las sociedades anteriores quedaban sin recursos para afrontar sus obligaciones fiscales [nota_informativa].
Las maniobras denunciadas
Según el Ministerio Público Fiscal, el presunto esquema incluía:
- Ventas de azúcar sin registrar
- Emisión de remitos irregulares
- Utilización de contribuyentes considerados no confiables por el organismo fiscal
- Omisión en el pago de impuestos nacionales y aportes a la seguridad social
- Posible retención indebida de aportes previsionales
- Contratación de trabajadores no registrados
Todo ello habría generado un perjuicio económico significativo para el Estado [nota_informativa].
El hallazgo clave
Uno de los elementos que reforzó la sospecha judicial surgió de los allanamientos realizados en agosto de 2018. Durante esos procedimientos se secuestró documentación contable y se detectó un depósito no declarado que contenía 176.840 bolsas de azúcar de 50 kilos cada una sin respaldo documental. Según el fallo, la empresa había negado previamente la existencia de depósitos externos [nota_informativa].
Los roles de cada imputado
En cuanto al rol de cada imputado, el juez consideró que:
- Ansonnaud habría tenido una participación central como propietario del ingenio, directivo de varias sociedades y beneficiario del fideicomiso. Su intervención se reflejaría incluso en la firma de remitos y órdenes de entrega de mercadería [nota_informativa].
- Gasep y Seoane habrían ocupado cargos directivos en algunas de las sociedades utilizadas para la explotación del ingenio [nota_informativa].
- Fogliata se desempeñó como administradora fiduciaria del fideicomiso [nota_informativa].
- Kargachin actuó como contador de varias de las firmas vinculadas a la operatoria [nota_informativa].
Los embargos
Como parte del procesamiento, el juez dispuso:
- Embargo de $1.000 millones sobre los bienes de Ansonnaud
- Embargo de $700 millones para Gasep, Fogliata, Seoane y Kargachin
Las medidas buscan garantizar eventuales sanciones económicas [nota_informativa].
La figura penal
El delito de asociación ilícita tributaria prevé penas de tres años y seis meses a diez años de prisión para quienes integren una organización dedicada a cometer delitos fiscales, con un mínimo de cinco años cuando se trata de jefes u organizadores. Se trata de una figura penal autónoma, por lo que la eventual regularización de deudas fiscales no extingue la responsabilidad penal por la organización delictiva [nota_informativa].
Lo que sigue
El procesamiento constituye una instancia intermedia dentro del proceso penal, en la que el juez considera acreditada, con el grado de probabilidad exigido por la ley, la existencia del delito y la posible participación de los imputados. A partir de esta resolución, la causa continuará su curso hacia las etapas posteriores, donde se definirá si los acusados deberán enfrentar un eventual juicio oral [nota_informativa].
La defensa
Tras conocerse la acusación fiscal, el abogado defensor de Ansonnaud, Arnaldo Ahumada, sostuvo que su cliente no mantiene deudas con el fisco, ya que las obligaciones personales y las de sus empresas se encuentran incluidas en un plan de pago de moratoria y blanqueo que —según afirmó— se cumple regularmente con la aprobación de ARCA. Luego del procesamiento, el letrado adelantó que apelarán la resolución judicial al considerar que la medida «debe ser revisada para garantizar el respeto del orden jurídico y la seguridad jurídica» [nota_informativa].
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