Un fallo en Córdoba ordena a PAMI e Incluir Salud regularizar los pagos por discapacidad en todo el país
El Juzgado Federal N° 3 de Córdoba emitió un fallo histórico que ordena al PAMI y al programa Incluir Salud (dependiente del Ministerio de Salud de la Nación) la regularización inmediata de los pagos de prestaciones para personas con discapacidad en todo el país. La resolución, dictada por el juez Miguel Vaca Narvaja, establece un plazo de 72 horas para cancelar las facturas adeudadas y mantener al día la cadena de pagos .
El origen del conflicto
La acción de amparo colectiva fue impulsada por la abogada Marta Lastra, referente de Defendamos Córdoba para temas de discapacidad, quien denunció las demoras e irregularidades que afectaban a los prestadores de servicios para personas con discapacidad .
El caso testigo fue el de una madre cordobesa cuyo hijo, diagnosticado con «Retraso Mental Grave», es beneficiario del sistema de salud por su condición de discapacidad . La mujer denunció la inminente interrupción de los tratamientos debido a la mora en los pagos que los organismos oficiales mantienen desde diciembre de 2025 .
La postura del juez
El juez Vaca Narvaja fue contundente en su fallo: «No puede el Estado Nacional esgrimir razones de control u ordenamiento presupuestario, para incumplir con obligaciones elementales pendientes desde diciembre del año pasado en varios casos constatados, desatendiendo derechos fundamentales de un colectivo sumamente vulnerable como el de las personas con discapacidad» .
El magistrado advirtió que «perseverar en esa conducta omisiva generará sin duda alguna, responsabilidades civiles y/o penales a los ejecutores del desatino» . Y sentenció: «La demora injustificada constituye un acto arbitrario e ilegal contra el cual resulta procedente la acogida del amparo» .
Demoras de hasta cinco meses
Durante el proceso judicial, se constató que las demoras alcanzaron hasta cinco meses en la cancelación de servicios ya prestados . Instituciones clave como el Cottolengo Don Orione, APADIM y el Centro Educativo Mi Lugar informaron deudas pendientes que generaron «desfasajes económicos financieros asfixiantes, pagos desdoblados de salarios al personal y, en casos críticos, la discontinuación de la entrega de medicamentos» .
El efecto expansivo del fallo
La resolución tiene alcance colectivo, lo que significa que protege a miles de beneficiarios en idéntica situación en todo el país, resguardando la sustentabilidad de hogares, centros de día y profesionales que asisten a personas con discapacidad .
El fallo subraya que «la asistencia integral a la discapacidad constituye una política pública del país» y que los derechos vinculados al acceso a prestaciones de salud «no pueden ser meramente declarativos, porque su goce efectivo es lo que permite a una persona desplegar plenamente su valor eminente como agente moral autónomo, base de la dignidad humana» .
Lo que dispone el fallo
La sentencia ordena:
- Regularizar y mantener al día la cadena de pagos de las prestaciones básicas de salud destinadas a personas con discapacidad titulares de pensiones no contributivas .
- Cancelar las facturas pendientes en un plazo máximo de 72 horas .
- Abstenerse de incurrir en nuevas demoras respecto a las facturaciones sucesivas .
La resolución ya fue inscripta en el Registro Público de Procesos Colectivos, consolidando un precedente fundamental para el sector de la discapacidad en el marco de la emergencia nacional declarada por la Ley 27.793 .
