Chaco pone límites a la manipulación digital: nueva ley contra la difusión de imágenes falsas de carácter sexual

La Cámara de Diputados del Chaco aprobó esta semana la ley 4250-J, una iniciativa que incorpora el título de «contenidos digitales manipulados o sintéticos» al Código de Faltas provincial y modifica el Código Procesal Penal del Chaco. La norma busca sancionar la creación y difusión, sin consentimiento, de imágenes, videos o audios falsos de carácter sexual o íntimo, especialmente aquellos generados con inteligencia artificial o manipulados digitalmente.

La legislación pone el foco en la intencionalidad de quien manipula los contenidos, y castiga los casos donde se utilizan para dañar la dignidad, la intimidad, la reputación o la integridad de una persona. También moderniza el Código Procesal Penal para que la Justicia pueda actuar con mayor rapidez en los ciberdelitos, permitiendo denuncias electrónicas, ordenando el bloqueo o la eliminación de contenidos dañinos y fortaleciendo las capacitaciones.

«Cada día la tecnología avanza más y muchas veces se podría utilizar para dañar. En este sentido, era necesario actualizar nuestra legislación y dar más protección a las víctimas, sin afectar la libertad de expresión ni el uso legítimo de las herramientas digitales», sostuvo la legisladora Magda Ayala, impulsora de la iniciativa. «Con esta nueva regulación estamos protegiendo derechos, poniendo límites claros a la violencia digital», valoró.

La norma llega en un contexto donde el uso de inteligencia artificial para la creación de contenido falso se ha convertido en una herramienta de acoso, humillación y extorsión en redes sociales. El Chaco se suma así a la lista de provincias que actualizan sus marcos legales para enfrentar la violencia digital, estableciendo sanciones claras para quienes utilicen la tecnología con fines de daño.