La Legislatura provincial estableció por ley el cobro de multas para quienes obstruyan desagües pluviales
La Legislatura provincial aprobó en la sesión extraordinaria el cobro de multas para ciudadanos involucrados en el taponamiento de desagües pluviales que forman parte del sistema hídrico y del plan provincial para prevenir inundaciones frente a la amenaza de El Niño. Lo hizo a partir del tratamiento del proyecto 2011/16 que establece procedimientos administrativos y técnicos en materia contravencional hídrica en la Ley 555-R del Código de Aguas y su decreto reglamentario.
¿Por qué se trató este proyecto en sesión extraordinaria?
Al justificar su tratamiento en extraordinaria, el jefe de la bancada Chaco Puede, Iván Gyoker, explicó: «Estamos en la antesala del fenómeno de El Niño y se espera que ya para octubre las precipitaciones aumenten en hasta un 50%. Hay muchas acciones que se están llevando a cabo. Y hemos puesto en este temario, como segundo punto, para poder dar más ejecutividad, el cobro de multas a quienes perturban o tapan desagües que puedan servir para el plan hídrico que hay en nuestra provincia para afrontar el fenómeno». Recordó que como la próxima sesión ordinaria se realizará el 16 de septiembre se requiere de esta ley para poder ponerla en vigencia y en «pleno funcionamiento» para comienzos de octubre.
¿Qué explicó la diputada informante sobre la ley?
Obró de miembro informante la diputada radical Susana Maggio y aseguró que la contravención hídrica «es una ley solicitada por la ciudadanía y por los intendentes de distintos colores políticos. El proyecto agiliza los procedimientos administrativos y técnicos en materia de contravención hídrica». Explicó que las multas serán aplicadas de manera excepcional a quienes obstruyan o desvíen los escurrimientos naturales de agua y que puedan afectar la seguridad pública. El organismo de aplicación será el APA (Administración Provincial del Agua). «Una vez constatada la infracción se notificará y se intimará a 24 horas lo que dará una ligereza para que los infractores puedan hacer el acto de reparación en ese tiempo y evitar el riesgo con respecto a la seguridad pública o bienes materiales de terceros».
¿Qué consecuencias enfrentarán los infractores?
En caso de no poder realizar el «acto correctivo» deberá asumir los costos que la APA necesite para hacerlo, además de las multas especificadas en la ley. Será parte de un registro de infractores de la APA que lo dejará inhabilitado para cualquier beneficio, subsidio o programa del gobierno de la provincia del Chaco hasta regularizar la situación y pagar la deuda.
Preguntas para los lectores
¿Qué opinás sobre la nueva ley que establece multas para quienes obstruyan desagües pluviales? ¿Considerás que es una medida necesaria para prevenir inundaciones ante la llegada del fenómeno El Niño? ¿Te parece que el plazo de 24 horas para reparar la obstrucción es suficiente? ¿Cómo creés que impactará esta ley en la conciencia ciudadana sobre el cuidado del sistema hídrico? Dejanos tu opinión en los comentarios y seguí nuestras redes para estar al tanto de todas las novedades.
